DOP MONTORO - ADAMUZ
Una Denominación de Origen Protegida (DOP) ampara productos agroalimentarios cuya calidad o características se deben básica o exclusivamente a factores humanos y/o naturales característicos de la zona geográfica en la que se han producido.
La DO Montoro-Adamuz protege que la utilización de su nombre sea exclusiva para los productos que reúnen los requisitos establecidos por dicha DOP. Todos los productos amparados deben cumplir unos estándares de calidad en su producción y presentar las siguientes características:
· Ser originario de la región delimitada
· Presentar una calidad o características que se deben fundamental o exclusivamente al medio geográfico, incluidos sus factores naturales y humanos.
· Que las fases de producción, transformación y elaboración se realicen íntegramente en la zona geográfica delimitada.
· Realizar su producción, transformación y elaboración se realicen en la zona geográfica delimitada.
HISTORIA
Los olivares situados al norte del río Guadalquivir, en la Sierra Morena cordobesa, cuentan con una larga tradición histórica ligada a la producción de aceite de oliva virgen extra. Desde la época romana, cuando el aceite de la Bética se exportaba a Roma, esta comarca ha destacado por la calidad de sus aceites.
Durante la Edad Media y la Edad Moderna se consolidó el cultivo del olivar, impulsado por autorizaciones reales y por el apoyo de los Reyes Católicos, lo que favoreció su expansión y comercialización.
En los siglos XIX y XX, los aceites de Montoro-Adamuz alcanzaron un gran prestigio nacional e internacional, obteniendo premios en exposiciones y siendo reconocidos por autores e investigadores como aceites superiores, consolidando de este modo la denominación Montoro-Adamuz como referente de calidad.